El servicio de monitoreo de iluminación, de acuerdo a lo estipulado por DIGESA, se centra fundamentalmente en el cumplimiento del ‘Reglamento sobre la Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas’. Dicha norma establece los requerimientos mínimos de iluminación que deben cumplir las empresas pertenecientes al sector alimentario y de bebidas.

En ese sentido, a continuación, daremos respuesta a las consultas más frecuentes relacionadas con este servicio:

¿Cuáles son los valores mínimos de iluminación para el sector de alimentos y bebidas?

De acuerdo al Decreto Supremo N.° 007-98-SA, para el sector de alimentos y bebidas los niveles mínimos de iluminación son los siguientes:
– 540 Lux en aquellas zonas donde se realiza un examen detallado del producto.

¿Es obligatorio realizar el monitoreo de iluminación?

Sí. La DIGESA, en el marco del Decreto Supremo N.° 007-98-SA, fiscaliza el cumplimiento de la normativa sanitaria. Durante este proceso, la autoridad verifica que las empresas cuenten con un informe de monitoreo de iluminación vigente, cuyos resultados acrediten que los niveles lumínicos cumplen con los estándares establecidos en la referencia legal.

Medición de iluminación DIGESA
Monitoreo de iluminación.

En caso de detectarse deficiencias como baja iluminación o luminarias en mal estado, la empresa se ve obligada a realizar un levantamiento de observaciones para subsanar los hallazgos. Mantener niveles óptimos de iluminación no solo garantiza el cumplimiento normativo, sino que también favorece un mejor desempeño de las actividades laborales, previene incidentes y mejora la seguridad de los trabajadores.

¿Cada cuánto tiempo se debe realizar el monitoreo?

Si bien el Decreto Supremo N.° 007-98-SA establece los niveles mínimos de iluminación que deben cumplir las áreas de trabajo, la norma no especifica una frecuencia obligatoria para la ejecución de los monitoreos.

Sin embargo, es responsabilidad de la empresa garantizar que dichos niveles se mantengan siempre dentro de los parámetros favorables. Por lo tanto, se recomienda realizar monitoreos periódicos (por ejemplo, de manera anual o semestral) o cuando se identifiquen cambios en las condiciones del área, como redistribución de maquinaria o modificación de puestos de trabajo.

DIGESA Monitoreo iluminación
Ejecución del monitoreo de iluminación.

Conclusiones finales

La realización del monitoreo ocupacional de iluminación en el sector de alimentos y bebidas no solo es una medida preventiva, sino una obligación legal. Verificar el cumplimiento de los niveles mínimos establecidos en la normativa es fundamental, ya que su incumplimiento puede acarrear sanciones por parte de las autoridades sanitarias.

Más allá de la exigencia normativa, contar con áreas bien iluminadas reduce significativamente el riesgo de accidentes laborales y contribuye a un mejor desempeño de los trabajadores, optimizando así la productividad y la seguridad en el entorno laboral.

Si usted desea verificar los niveles de iluminación en su empresa y asegurar el cumplimiento de la normativa vigente, no dude en contactarnos. Estaremos encantados de ofrecerle un presupuesto personalizado y sin compromiso.